LA VOZ DE GALICIA
La Armada manda a la cárcel al cabo Gago por hablar del caso de la «Extremadura»
El militar pasará de un mes y un día a dos meses en el módulo militar de Alcalá Meco o en un cuartel de Cádiz
- Autor:
- Xosé V. Gago
- Fecha de publicación:
- 29/8/2008
El cabo primero de la Armada Jorge Gago Chao ingresará en prisión durante al menos un mes y un día por hablar públicamente de la explosión de una caldera en la fragata Extremadura que causó la muerte de dos marinos el 19 de diciembre del 2005 en Ferrol. El militar acudió ayer acompañado de su familia, la madre de una de las víctimas y su abogada al Arsenal de Ferrol para escuchar la resolución del capitán auditor L. Insua Meirás, que instruyó el expediente disciplinario en su contra.
La resolución es confidencial pero, según explicó la familia del cabo, solicita que sea encarcelado entre un mes y un día y dos meses en una prisión o acuartelamiento militar. Gago tiene ahora un plazo de cinco días para presentar alegaciones. Esos documentos y la resolución del instructor serán remitidos a Madrid, donde se decidirá la sanción definitiva del militar que, subrayó su abogada Eva Bouzas, será como mínimo de un mes y un día, a cumplir en el módulo militar de Alcalá Meco o en un acuartelamiento de Cádiz.
Bouzas se mostró «sorprendida» por la condena del cabo. Según recordó la letrada, Gago se limitó a repetir ante la prensa la declaración que prestó en el Juzgado Togado Militar número 41 de A Coruña, que instruye el caso de la explosión en la fragata. La abogada subrayó que la investigación «no está bajo secreto de sumario», y que el juez no advirtió al militar en contra de hacer pública su versión de lo sucedido en el buque.
Gago concedió varias entrevistas, pero el pasado 23 de mayo la Armada le abrió un expediente basado en el artículo 18 del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que estima falta grave: «Hacer reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas; realizarlas a través de los medios de comunicación social o formularlas con carácter colectivo».
Su abogada afirma que Gago no incumplió ese artículo y apela a su derecho a la libertad de expresión. La Carta Magna reconoce y protege en su artículo 20 el derecho «a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción». La Armada contestó que, como militar, «tiene recortados sus derechos», explicó la abogada, que se pregunta: «¿Cómo puede estar la ley militar por encima de la Constitución?».
El cabo está en tratamiento psiquiátrico a causa del estrés sufrido por la explosión de la caldera, en la que perdió a un amigo íntimo, y por las «presiones» que ha recibido por sus declaraciones. Su abogada anunció que alegarán esos informes médicos con la esperanza de que se le aplique la sanción mínima de un mes y un día.
La resolución es confidencial pero, según explicó la familia del cabo, solicita que sea encarcelado entre un mes y un día y dos meses en una prisión o acuartelamiento militar. Gago tiene ahora un plazo de cinco días para presentar alegaciones. Esos documentos y la resolución del instructor serán remitidos a Madrid, donde se decidirá la sanción definitiva del militar que, subrayó su abogada Eva Bouzas, será como mínimo de un mes y un día, a cumplir en el módulo militar de Alcalá Meco o en un acuartelamiento de Cádiz.
Bouzas se mostró «sorprendida» por la condena del cabo. Según recordó la letrada, Gago se limitó a repetir ante la prensa la declaración que prestó en el Juzgado Togado Militar número 41 de A Coruña, que instruye el caso de la explosión en la fragata. La abogada subrayó que la investigación «no está bajo secreto de sumario», y que el juez no advirtió al militar en contra de hacer pública su versión de lo sucedido en el buque.
Gago concedió varias entrevistas, pero el pasado 23 de mayo la Armada le abrió un expediente basado en el artículo 18 del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que estima falta grave: «Hacer reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas; realizarlas a través de los medios de comunicación social o formularlas con carácter colectivo».
Su abogada afirma que Gago no incumplió ese artículo y apela a su derecho a la libertad de expresión. La Carta Magna reconoce y protege en su artículo 20 el derecho «a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción». La Armada contestó que, como militar, «tiene recortados sus derechos», explicó la abogada, que se pregunta: «¿Cómo puede estar la ley militar por encima de la Constitución?».
El cabo está en tratamiento psiquiátrico a causa del estrés sufrido por la explosión de la caldera, en la que perdió a un amigo íntimo, y por las «presiones» que ha recibido por sus declaraciones. Su abogada anunció que alegarán esos informes médicos con la esperanza de que se le aplique la sanción mínima de un mes y un día.
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